MIR legal
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¿Puede un R-1 dar altas a pacientes?

En una reciente entrevista en Diario Médico, el Dr. Francisco Moreno Madrid -Jefe de Sección de Pediatría del Hospital Clínico San Cecilio de Granada, licenciado en Derecho, máster en Derecho Sanitario, y coordinador académico del curso El Médico Interno Residente: responsabilidad y marco legal- respondía a esta y a otras cuestiones:
¿Qué actividad clínica puede hacer un médico en su primer año de residencia (R-1)? ¿Puede visar altas, por ejemplo?
«NO. Todas las actividades asistenciales en las que intervenga deben ser visadas y con supervisión de presencia física. Este ha sido un tema muy controvertido, en el que no existía acuerdo. Incluso hay sentencias divergentes. No existe una normativa que de forma clara o expresa prohibiera o autorizara al MIR a realizar altas médicas. El RD 183/2008, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada ha cubierto el vacío legal existente y proporcionado una mayor seguridad jurídica, al MIR, al especialista, y a la institución.
Los residentes de primer año están sujetos a una supervisión de presencia física directa con el correspondiente visado. No pueden emitir altas. A partir del segundo año sí pueden emitir altas, siempre que el tutor considere que le puede atribuir esa responsabilidad.
La normativa es taxativa al respecto: Orden 81/2017 de 19 de enero del SNS. Según lo previsto en el artículo 15 Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, la supervisión de residentes de primer año será de presencia física, por lo que los centros sanitarios deberán garantizar la existencia de condiciones organizativas que garanticen la supervisión/visado de las actuaciones del R1 por los especialistas de la unidad asistencial».
Puede leer el resto de la entrevista en el siguiente enlace:
https://www.diariomedico.com/medicina/medico-joven/mir/esta-es-la-respo…
El curso
El curso online El Médico Interno Residente: responsabilidad y marco legal está disponible en la web de la FFOMC. Se trata de una actividad de 31 horas lectivas con la que se busca enseñar el marco regulatorio del especialista en formación, analizar las vertientes y situaciones de responsabilidad legal del proceso formativo, e identificar a través de una serie de casos jurisprudenciales las situaciones y conflictos que pueden darse, e internalizar a través de la forma en la cual fueron resueltas las pautas de actuación a desarrollar.
Este curso tiene concedidos 31 créditos ECMECs (European Continuous Medical Education Credits) de SEAFORMEC (Consejo Profesional MédicoEspañol de Acreditación) y UEMS (Union Européenne de Médecins Spécialistes), que tienen una equivalencia de 4,7 Créditos Españoles de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud. Para los médicos colegiados, la matrícula del curso es gratuita gracias al patrocinio por parte de la Fundación Mutual Médica.
Más información del curso e inscripción, aquí:
https://www.ffomc.org/formacion/el-medico-interno-residente-responsabil…